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  • Casino Collusion in Chile: The Bond Implications

    October 2024 - Chile’s casino industry has been shaken by a major collusion scandal, implicating key players like Enjoy S.A., one of the country’s largest casino operators. The “Casino Collusion Case” revealed illegal agreements among major casino operators to manipulate bidding processes for casino licenses, disrupting fair competition in a market generating over $550 million USD annually. This corruption undermined consumer trust and the integrity of the industry. While the scandal has caused significant repercussions in Chile, its international impact has expanded due to a $300 million bond that Enjoy issued in 2017. This bond, issued under Rule 144A and Regulation S of the U.S. Securities and Exchange Commission (SEC) and the U.S. Securities Act of 1933, was aimed at financing the company’s expansion. More recently, in 2020, Enjoy placed an additional bond in the U.S. market, also valued at $300 million, with a 10.5% annual interest rate.   However, the collusion case has raised questions about whether Enjoy, and its president, Mr. Henry Comber, fully disclosed the company's involvement in these illicit activities to U.S. investors during the bond issuances. This situation places the case under the jurisdiction of the SEC, which mandates transparency regarding material legal risks. If Enjoy is found to have withheld critical information, the company could face fines, sanctions, and potential lawsuits from investors." This version clarifies that both the company and its president are potentially implicated in the lack of disclosure and strengthens the phrasing around the legal risks. In addition to the bond-related issues, Enjoy’s financial difficulties became more pronounced in 2020 when it initiated a Judicial Reorganization Procedure under Chile’s Law No. 20.720 on Reorganization and Liquidation of Companies and Individuals. Enjoy also filed a voluntary petition in U.S. courts under Chapter 15 of the Bankruptcy Code, seeking recognition of the Chilean reorganization in the United States to protect the company and its guarantees in the U.S. market. The United States Bankruptcy Court for the Southern District of New York recognized the Chilean reorganization as a foreign main proceeding, granting it legal protections in the U.S. The SEC’s involvement, alongside the reorganization under Chapter 15, complicates Enjoy’s financial standing. As the scandal unfolds, the company's ability to access international financial markets is at risk, potentially affecting both its business operations and investor confidence. With these developments, the case could lead to broader regulatory reforms, reinforcing the need for transparency in both Chilean and global financial markets. #casocurauma

  • Expansión de Curauma

    En 2013, la quiebra de Curauma S.A. no fue solo el colapso de una empresa inmobiliaria que impulsaba el desarrollo del Gran Valparaíso , sino un capítulo sombrío para Chile, donde la codicia de algunos y la fragilidad de un sistema judicial complaciente se aliaron para perpetrar un despojo descarado. Este caso de corrupción y fraude trasciende una mera disputa financiera: se erige como un monumento a la cobardía de aquellos que, amparados por el poder económico y una fachada de legalidad, desmantelaron una empresa mientras el Poder Judicial, debilitado por décadas de inacción reformista, se convirtió en instrumento de un saqueo.   La quiebra de Curauma S.A., orquestada y dirigida por Henry Comber y Nicholas Davis de Euroamerica Seguros de Vida y de casino Enjoy , con el respaldo del bufete Claro y Cía. y el afán de agentes de fe pública, no solo marcó la ruina de un proyecto vital para la región, sino que inscribió un precedente histórico de cómo los poderosos traicionan el bien común en su insaciable búsqueda de lucro. Curauma, una empresa que representaba el esfuerzo colectivo por construir progreso en el corazón del Gran Valparaíso, fue despojada de sus activos con una precisión que delata no solo estrategia, sino una falta absoluta de escrúpulos. Euroamerica, respaldada por la maquinaria ilegal de sus abogados, convirtió una deuda saldada en una oportunidad para apropiarse de un patrimonio valuado en cientos de millones de dólares, dejando tras de sí un rastro de empleos destruidos, sueños empresariales aniquilados y una comunidad desamparada. Este no fue un simple proceso de quiebra; fue una expropiación moderna, ejecutada con el patrocinio y la complicidad de un sistema judicial incapaz de frenar la avaricia de los poderosos. El papel del Poder Judicial en este caso es una afrenta a su propio mandato. La asignación del caso al 2º Juzgado Civil de Santiago liderado por la jueza Inelie Durán Madina , con una probabilidad estadística de apenas 0.175%, y las acusaciones de irregularidades en la 8ª Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago en 2015, donde ministros como María Cecilia González Diez exhibieron conductas inconsistentes, evidencian un sistema judicial corroído. Décadas de postergación de reformas, sumadas a la formación deficiente de algunos jueces y su susceptibilidad a influencias externas, han convertido a los tribunales en un escenario donde los poderosos actúan a su antojo.   La cobardía de los poderosos que orquestaron este despojo, y la complicidad de un sistema judicial que no supo o no quiso detenerlos, exigen una respuesta histórica: una reforma profunda del Poder Judicial, una regulación estricta de las prácticas de los acreedores y un compromiso ético para priorizar el bien común sobre la codicia.   #casocurauma

  • Prevaricación administrativa

    La 54ª Junta Ordinaria de Acreedores de Curauma S.A. , celebrada el 28 de agosto de 2025 y oficializada en acta hasta el 15 de septiembre de 2025 , dejó al descubierto una herida profunda en el sistema concursal chileno: el desamparo de la masa acreedora frente a la colusión tácita de sus mayores integrantes y la pasividad de la autoridad llamada a fiscalizar. El episodio central fue la discusión sobre el remate del lote CSM UNO-A , cuya subasta del 21 de agosto de 2025 (23º) fracasó por falta de postores . La Municipalidad de Valparaíso propuso una nueva tasación para ajustar el mínimo al mercado, apelando a principios claros: el artículo 503 del CPC y el deber de procurar la máxima valorización de los bienes conforme a la Ley 20.720 . No obstante, la Tesorería, la banca y el síndico bloquearon esa alternativa y optaron por insistir en remates con valores deprimidos, blindando una fórmula que erosiona el patrimonio colectivo. Lo más inquietante fue la inacción de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR) . Presente en la Junta, su representante se limitó a escuchar y a dejar constancia, sin fiscalizar ni cuestionar la renuncia expresa a defender el valor de la masa. Esa omisión equivale a lo que cabe calificar como prevaricación administrativa : la autoridad conoce el mandato de la ley —fiscalizar, supervigilar y proteger la integridad del proceso concursal (art. 2 Ley 20.720)—, pero consiente en que se haga lo contrario. Aquí la responsabilidad no es solo funcional. La SUPERIR es un órgano jerárquico , y bajo su dirección se encuentra el Superintendente Hugo Sánchez Ramírez , quien carga con la responsabilidad de asegurar que su institución cumpla cabalmente la misión de tutelar los procesos concursales. No se trata de atribuir intenciones personales, sino de subrayar que cuando la autoridad superior permite que sus delegados (Rocío Jara) guarden silencio frente a actos que lesionan el interés público, la omisión se convierte en responsabilidad institucional. La pasividad de la SUPERIR en esta Junta revela una falla estructural: la fiscalización se reduce a un rito notarial. El Estado está presente, pero no actúa; observa, pero no corrige; certifica, pero no protege. Con ello se valida una práctica que contradice la igualdad entre acreedores (art. 2469 CC) , el derecho de propiedad (art. 19 Nº24 CPR) y el principio de probidad administrativa (Ley 18.575) . La Junta 54 no debe leerse solo como un episodio de Curauma, sino como un síntoma. Si la autoridad que debe fiscalizar renuncia a hacerlo, entonces el proceso concursal pierde legitimidad. La prevaricación administrativa no se mide en favores o coimas, sino en la indiferencia institucional que traiciona la letra y el espíritu de la ley. #casocurauma Leer acta de 54º Junta de Accionistas del 28 de agosto de 2025: https://drive.google.com/file/d/1KJefAw3gZaPaR2CXdaQH5igfCIkNJrkZ/view?usp=share_link

  • Claro y Cía. x 2

    EL ZARPAZO DE LATAM El reciente reportaje de El Mercurio (7 de septiembre de 2025), titulado “CEO de LATAM y el aeropuerto”, presenta la salida de la aerolínea del proceso de Chapter 11 como un relato de recuperación empresarial y fortalecimiento competitivo. El tono sugiere orgullo y resiliencia corporativa. Sin embargo, un examen detenido de los hechos y cifras revela un fenómeno de naturaleza distinta: una redistribución regresiva de valor que golpeó a los accionistas minoritarios y a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), en beneficio de fondos acreedores internacionales y de los accionistas controladores históricos. Los datos son elocuentes. Antes de la crisis, la familia Cueto, a través de Costa Verde Aeronáutica, poseía ap roximadamente un 21,5% de LATAM. Tras la emisión de más de 605 mil millones de nuevas acciones en el marco del Chapter 11, su participación se redujo a cerca de un 4%. Sin embargo, en alianza con Qatar Airways (10%) y Delta Air Lines (20%), logró conservar conjuntamente hasta un 27% del capital de la “nueva” LATAM. El resto, casi dos tercios, quedó en manos de fondos acreedores internacionales que capitalizaron deuda, desplazando a decenas de miles de minoritarios cuya participación se redujo a un 0,1% colectivo. Este proceso provocó además pérdidas sustantivas en los fondos previsionales de millones de afiliados. El trámite judicial exhibe una anomalía difícil de ignorar. Según la carga judicial disponible, el caso de LATAM debía recaer en el 15º Juzgado Civil de Santiago. No obstante, terminó en el 2º Juzgado Civil de Santiago, el mismo que en 2013 conoció la quiebra de Curauma S.A. No se trata de coincidencias: es un patrón. Concentrar causas de esta magnitud en un solo tribunal desnaturaliza el principio de distribución aleatoria y entrega a un puñado de jueces un poder desproporcionado sobre operaciones de miles de millones de dólares y con consecuencias sociales masivas. En lugar de garantizar imparcialidad, el sistema genera un foro recurrente donde se resuelven los asuntos más sensibles con los mismos actores jurídicos y resultados previsibles: los grandes protegidos, los pequeños borrados. La participación del estudio jurídico Claro & Cía. en ambos casos refuerza la similitud. Su asesoría fue determinante en la validación local del procedimiento extranjero de LATAM, como lo había sido en la estructuración de la quiebra de Curauma. En ambos escenarios, la combinación de un mismo tribunal y un mismo bufete condujo a resultados similares: la protección de intereses de controladores y acreedores poderosos en desmedro de minoritarios y del interés público. En consecuencia, la supuesta estrategia empresarial celebrada en el discurso oficial encubre lo que debe calificarse como un traspaso institucionalizado de valor: un zarpazo que redistribuye riqueza y control desde actores dispersos y vulnerables hacia conglomerados concentrados y fondos internacionales. La invocación de la ética por parte de la administración corporativa contrasta con la materialidad de los resultados, poniendo en cuestión no solo la narrativa pública, sino también la capacidad del sistema jurídico chileno para garantizar condiciones equitativas en procesos de reorganización y quiebra. #casocurauma ______________ SQM Y SEC El reportaje de La Tercera/Pulso del domingo 7 de septiembre de 2025 sobre la investigación de la SEC a SQM entre 2023 y 2025 pone en evidencia un patrón que atraviesa los principales escándalos empresariales de Chile en las últimas dos décadas: la captura legal y contable como estrategia de blindaje frente a crisis que afectan a empresas estratégicas. Lo vimos en la quiebra de Curauma en 2013, en la colusión de los casinos de Enjoy, en la reestructuración de LATAM Airlines bajo el Chapter 11 en Nueva York, en CLC, y hoy lo volvemos a ver en SQM, una de las compañías más relevantes del país para la transición energética global. Los elementos comunes son demasiado claros para ser casualidad. Primero, los mismos estudios de abogados. Claro & Cía. ha sido actor central en todos estos procesos. Fue el bufete de Euroamerica Seguros de Vida en la quiebra de Curauma, un proceso ilegalmente forzado en el que se manipuló la distribución de la causa civil y se liquidaron activos a valores muy por debajo de sus tasaciones reales. Patrocinó a los controladores de LATAM durante el Chapter 11, en cuya reestructuración los accionistas minoritarios vieron reducida su inversión a la mínima expresión. Y hoy aparece nuevamente, como asesor legal de SQM en la investigación ordenada por la SEC. En este último caso se suman, además, el Grupo Vial en Chile y Paul Hastings en Estados Unidos. Segundo, los mismos mecanismos de "investigación interna". La fórmula es idéntica: se contratan firmas de prestigio, se realizan entrevistas cerradas, no se publican informes completos y las conclusiones rara vez incomodan a los directorios o a los controladores. Lo esencial se posterga, mientras se gana tiempo y se proyecta una apariencia de cumplimiento. Tercero, los mismos costos millonarios. Las investigaciones y defensas legales implican decenas de millones de dólares, como lo refleja SQM con más de 47 millones de dólares en gastos legales solo en 2024. Estos costos no recaen en los responsables directos, sino en las propias empresas, que financian su defensa con recursos provenientes de actividades estratégicas: rentas vitalicias en el caso de Euroamerica Seguros de Vida, concesiones de casinos en Enjoy, transporte aéreo en LATAM y el litio en SQM. Cuarto, la misma dependencia externa. En todos estos episodios, las instituciones chilenas han mostrado una incapacidad estructural para imponer consecuencias proporcionales. En Curauma, las irregularidades en la asignación del tribunal y las tasaciones a precios irrisorios nunca fueron corregidas. En Enjoy, la colusión en las licitaciones de casinos sigue sin una sanción ejemplar. En LATAM, los accionistas minoritarios vieron cómo su inversión se redujo a la mínima expresión, sin protección ni en Chile ni en el extranjero. Y en SQM, es la SEC —y no la justicia local— la que hoy lleva el control de la investigación. El caso Curauma simboliza de manera descarnada el costo de este patrón. En 2013, más de dos mil hectáreas estratégicas en Valparaíso fueron entregadas a precios irrisorios. La asignación irregular del caso al 2º Juzgado Civil de Santiago, la actuación complaciente del síndico y la intervención de Claro & Cía. al servicio de Euroamerica Seguros de Vida culminaron en un despojo que privó a la región de un polo de desarrollo urbano, social y económico de escala nacional. Lo que pudo ser un motor de crecimiento para Valparaíso y la macrozona central quedó atrapado en una operación judicial y financiera diseñada para favorecer a unos pocos acreedores y ejecutivos. Ese daño no es abstracto. Se tradujo en pérdida de riqueza territorial, en limitación del desarrollo habitacional y logístico de la región, y en un precedente nefasto para la fe pública. A día de hoy, sigue siendo una herida abierta que demanda reparación. Lo que el caso SQM revela ahora, y lo que Curauma y LATAM ya demostraron, es que Chile no carece de leyes: carece de instituciones capaces de aplicarlas sin ser capturadas. La justicia chilena se ha mostrado incapaz de romper este ciclo. Las causas terminan siempre en los mismos tribunales, los informes los firman los mismos auditores, los alegatos los sostienen los mismos bufetes y las consecuencias reales dependen, una vez más, de reguladores extranjeros. #casocurauma

  • La corrupción del síndico II

    A raíz de Documento a la Superir enviado con fecha 4 de septiembre de 2025: El síndico de la quiebra de Curauma S.A., César Millán Nicolet , es el rostro visible de la corrupción en un proceso que debería estar regido por la ley y la probidad. Su actuar no refleja errores ni descuidos: es una práctica sistemática de manipulación que ha distorsionado actas, falseado quórums, desobedecido resoluciones judiciales y expuesto un patrimonio millonario a ser liquidado por migajas. Los hechos son claros y documentados. Incumplió de manera reiterada el artículo 119 de la Ley 18.175, ocultando deliberadamente actas que debieron estar a la vista de todos los acreedores. Desobedeció fallos del tribunal al excluir, de forma arbitraria, a acreedores que representaban cerca del 20% del pasivo, alterando la composición de las juntas y favoreciendo decisiones ilegítimas. Durante casi siete años permitió la inclusión irregular de un crédito de la Tesorería General de la República por más de \$11.790 millones, con un título dudoso, afectando quórums y generando un pasivo artificialmente inflado. Pero la señal más evidente del despojo está en el remate del terreno de 535 hectáreas junto al Tranque La Luz de Curauma (CSM UNO-A): el síndico, sin mandato de la junta, solicitó rebajar el mínimo de postura a 90.000 UF, cuando la tasación judicial lo valoraba en más de un millón de UF. Y ante el Tribunal Constitucional, en vez de defender la legalidad, buscó responsabilizar a los acreedores, como si la rebaja no proviniera de su propia pluma. Aún más grave es la actuación del representante de la Tesorería General de la República (TGR), Cristián Huerta Bustamante , que ha ejercido un control absoluto de las juntas de acreedores, validando con su voto cada una de estas irregularidades. Su conducta no solo ha respaldado al síndico en un camino de despojo, sino que ha sido derechamente contraria al interés del propio Fisco de Chile, al comprometer la recuperación real de créditos fiscales en beneficio de terceros. A este cuadro se suma la actuación de Euroamerica Seguros de Vida , que, pese a representar apenas el 0,02% del pasivo de la quiebra, ha intervenido activamente para respaldar al síndico y oponerse a las acciones de defensa del patrimonio. Una influencia mínima en términos numéricos, pero desproporcionada en efectos, que desnuda cómo ciertos actores han operado como aliados estratégicos del despojo. Todo este fraude ha contado, además, con el apoyo implícito de relevantes acreedores, que con su silencio o sus votos han dado legitimidad a un proceso torcido desde sus cimientos. Lo que debió ser una liquidación ordenada y transparente se ha convertido en un laboratorio de impunidad, donde la ley es papel mojado y la fe pública, un recurso disponible para la manipulación. La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento y la Contraloría General de la República tienen la obligación de actuar ya. No hacerlo sería perpetuar un caso que exhibe, con toda crudeza, cómo en Chile la figura del síndico y la complicidad de algunos acreedores pueden transformarse en el motor de la corrupción. #casocurauma Leer La corrupción del síndico I

  • Curauma: las "juntas" de acreedores

    La 52ª Junta Ordinaria de Acreedores de Curauma S.A., celebrada el 29 de mayo de 2025, no es simplemente un trámite más en una larga sucesión de reuniones judiciales. Es, en los hechos, un resumen condensado del proceso concursal iniciado hace más de una década, en noviembre de 2013. En sus líneas se encuentran los elementos esenciales para comprender qué ocurrió con los terrenos, con los acreedores, con los dineros, y con el patrimonio público y privado que alguna vez representó el proyecto urbano de Curauma. Convocada y presidida por el representante de la Tesorería General de la República (TGR), Cristián Huerta Bustamante, (supuestamente) acreedor mayoritario con el 71% del pasivo, la junta se desarrolló por videoconferencia. No asistieron ni la fallida ni la Superintendencia de Insolvencia, pero sí el síndico César Millán, acompañado de sus abogados. Ventas mínimas, pérdidas máximas Uno de los datos más significativos es financiero: desde el inicio de la quiebra hasta mayo de 2025, la sindicatura ha recaudado apenas $190 millones por concepto de venta de activos — $187 millones por inmuebles y $3,5 millones por vehículos—, una cifra irrisoria si se compara con el valor original del patrimonio de Curauma, que en 2011 fue tasado en más de 16 millones de UF (unos USD 700 millones de la época) [la tasación]. La gran excepción: Euroamerica El único ingreso relevante en términos contables corresponde a la conciliación firmada con Euroamerica Seguros de Vida S.A. y su filial Administraciones y Proyectos Euroamerica S.A., que aportaron un total de $5.146 millones (unos USD 5,7 millones). Esta suma, que fue completada con la última cuota recibida en marzo de 2025, permitió cerrar todos los litigios abiertos entre la fallida y el grupo asegurador. A cambio, Euroamerica obtuvo la propiedad (Fundo Las Cenizas) de más de 2.120 hectáreas de terrenos estratégicos, que habían sido valorizados oficialmente en más de 11 millones de UF. Dicho de otro modo: Curauma S.A. entregó activos avaluados en cientos de millones de dólares a cambio de una fracción de su valor, sin que esa diferencia figure en el balance como pérdida. El remate que no remata Uno de los pocos activos que quedan por liquidar es el lote CS-M1-A, un paño de 535,2 hectáreas en el sector Tranque La Luz. Tras el fracaso del remate anterior, el tribunal fijó una nueva subasta para el 21 de agosto de 2025, rebajando el precio mínimo a 90.000 UF, es decir, menos de UDS 1 por metro cuadrado . Esta reducción se acordó pese a que Manuel Cruzat Infante solicitó formalmente una nueva tasación pericial, advirtiendo una eventual "lesión enorme". Esa petición aún no ha sido resuelta. El acreedor que decide por todos En este contexto, resulta relevante la posición de la Tesorería General de la República. Con un crédito verificado por más de $41.496 millones (71,10% del pasivo), la TGR tiene capacidad para aprobar o bloquear cualquier decisión. Sin embargo, buena parte de su crédito — $11.790 millones— fue impugnado en esta misma junta, al alegarse que corresponde a una deuda tributaria de CB Inversiones Inmobiliarias S.A., verificada seis años después de haberse hecho exigible, superando ampliamente los plazos legales de prescripción. Pese a ello, el tribunal le permitió participar con derecho a voto, dejando la controversia para una resolución posterior. Un proceso atrapado en su propia arquitectura El síndico informó, finalmente, que prepara una propuesta de reparto de fondos, pero no entregó detalles. Mientras tanto, se acumulan antecedentes que permiten sostener —desde el plano estrictamente técnico— que el proceso ha privilegiado la despatrimonialización acelerada sin maximizar el valor de los activos. El remate a 90.000 UF y la cesión de miles de hectáreas a cambio de $5.146 millones así lo demuestran. La 52ª junta no solo condensa el estado actual del proceso, sino que permite una lectura retrospectiva de su diseño y de sus resultados. Las cifras están ahí. Las fechas también. La pregunta que resta por formular es si lo que se ha hecho bajo el amparo de la ley ha sido —realmente— justo, eficiente y transparente para todos los acreedores, y no solo para algunos. Detalles contables: INGRESOS (en UF): Monto total conciliación con Euroamerica: 139.092,86 UF Última cuota conciliación Euroamerica (marzo-mayo 2025): 51.469,91 UF Venta de inmuebles: 5.054,54 UF Venta de bienes muebles (vehículos): 95,03 UF Total ingresos acumulados: 195.712,34 UF EGRESOS (en UF): Distribución créditos preferentes: 65.735,47 UF Distribución créditos art. 247: 2.372,54 UF Honorarios del síndico: 4.352,81 UF Honorarios especiales: 1.223,52 UF Honorarios varios: 535,26 UF Honorarios legales: 66,07 UF Honorarios ministro de fe: 48,05 UF Publicidad de remate: 2.435,65 UF Publicaciones legales: 27,71 UF Gastos menores: 133,90 UF Otros gastos: 592,42 UF Servicio de vigilancia: 190,13 UF Servicio de bodegaje: 247,51 UF Estadía y traslados: 52,19 UF Impuestos e intereses línea de crédito: 929,51 UF Devolución consignación 100 UF: 105,86 UF Total egresos acumulados: 79.048,92 UF Al 31 de julio de 2025, el proceso de quiebra de Curauma S.A. ha generado ingresos por 195.712 UF, principalmente gracias a la conciliación con Euroamerica. Los egresos totales, incluyendo honorarios del síndico, gastos operacionales y distribuciones a acreedores preferentes, ascienden a 79.048 UF. El balance neto disponible del proceso es de 116.663 UF. El proceso ha sido formalmente ejecutado, pero con un rendimiento económico mínimo respecto del valor original del patrimonio. La enajenación directa de activos fue marginal y las principales transferencias de terrenos se concretaron mediante una conciliación cuyo retorno monetario fue notoriamente inferior al valor tasado de dichos activos. Con esto, queda claro el propósito final del proceso concursal. #casocurauma Nota: 53º Junta Ordinaria de Acreedores del 31 de julio de 2025 .

  • Auditoría Contable de Curauma S.A.

    A los Acreedores y Autoridades Competentes:   Hemos auditado la información contable de Curauma S.A., desde la declaración de quiebra del 12 de septiembre de 2013 hasta la 52ª Junta Ordinaria de Acreedores del 29 de mayo de 2025.   Por lo tanto:   Responsabilidad del Síndico   El síndico de la quiebra, César Millán Nicolet, es responsable de la custodia de los activos de la sociedad y de la presentación razonable de la información contable en beneficio de la masa de acreedores.   Responsabilidad del Auditor   Nuestra responsabilidad es expresar una opinión independiente sobre la razonabilidad de la información contable y patrimonial de Curauma S.A., con base en la evidencia obtenida de las 52 actas de juntas de acreedores, tasaciones periciales (2011–2013), balances tributarios, conciliaciones y antecedentes de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).   Base de la Opinión   1. Financiamiento con EuroAmérica (2004–2013)   En 2004, Curauma S.A. (Grupo CB) contrajo un crédito con Euroamerica Seguros de Vida por 715.000 UF.   Entre 2004 y 2012, el Grupo CB (controlador de Curauma) pagó 1.040.775 UF, es decir, el capital más un 45,6% adicional. Esto significó un rendimiento de UF+7,36% anual compuesto, superior a la Tasa Máxima Convencional de la época.   El contrato exigía además un pago final de 907.081 UF al 31 de agosto de 2013 para recuperar los terrenos, lo que habría elevado el retorno a UF+21,43% anual compuesto.   En total, el esquema contemplaba pagos por 1.947.856 UF (2,72 veces el capital original), lo que configura un financiamiento de carácter usurario y abusivo.   2. Pasivos   2014: pasivos verificados por 4.147.496 UF (no reconocidos por los accionistas originales de Curauma S.A.).   2025: pasivo autorizado por la sindicatura con derecho a voto por 1.489.082 UF, de los cuales el 71,1% corresponde a la Tesorería General de la República (no reconocido --en su totalidad-- por los accionistas originales de Curauma S.A.).   Pagos a acreedores en 11 años: 177.472 UF ( ≈ 4,3% del pasivo original).   3. Activos   Tasación del Perito Judicial Rubén Miralles Caicedo (2011): 16.903.107 UF. Premval 2013 (método residual): 11.845.395 UF. Conciliación con Euroamerica Seguros de Vida (2014): desistimiento de acciones sobre más de 2.000 hectáreas del Fundo Las Cenizas a cambio de 170.519 UF. Ventas menores: 6.953 UF. 2025, activos líquidos: 66.900 UF.   4. Gestión del Síndico   Pactó la conciliación que permitió a Euroamerica Seguros de Vida consolidar la titularidad de terrenos a cambio de un pago marginal.   Ha realizado 23 remates fallidos del lote CS-M1-A, de 535 hectáreas urbanas junto al Tranque La Luz de Curauma, reduciendo el precio de 1.100.000 UF a 90.000 UF, sin adjudicación.   Ha incurrido en gastos superiores a $400 millones de pesos chilenos en honorarios, bodegaje, publicaciones y vigilancia, sin beneficio proporcional.   Favoreció a Euroamerica Seguros de Vida como acreedor, en perjuicio del Estado y del resto de la masa de accionistas.   Opinión de la Auditoría   En nuestra opinión, los estados patrimoniales de Curauma S.A. no reflejan razonablemente la situación financiera de la sociedad en liquidación.   La quiebra no tuvo origen en una insolvencia real, sino en un financiamiento estructurado bajo condiciones usurarias y en una administración concursal que terminó diluyendo un patrimonio de más de 16 millones de UF.   El único favorecido fue Euroamerica Seguros de Vida S.A. y su filial Administraciones y Proyectos Euroamerica S.A. , APE, que recuperó terrenos valorizados en millones de UF tras haber recibido pagos por sobre el capital original. Los principales perjudicados son el Estado de Chile y los acreedores comunes, que tras 11 años de procedimiento han recibido menos del 5% de lo adeudado.   Opinión Final – Dictamen   Con base en la evidencia disponible, emitimos una Opinión Adversa:   1. Los estados contables de Curauma S.A. al 29 de mayo de 2025 no presentan la imagen fiel de la sociedad en liquidación. 2. El proceso refleja un vaciamiento patrimonial en beneficio de un acreedor privilegiado. 3. Existen indicios consistentes con fraude concursal, colusión entre sindicatura y Euroamerica Seguros de Vida, y prevaricación judicial.     Curauma S.A. 96.816.290-K Santiago de Chile, agosto de 2025.

  • Activos vs Pasivos de Curauma

    El 29 de mayo de 2025, en la 52ª Junta Ordinaria de Acreedores , César Millán Nicolet, síndico de la ilegal y forzada quiebra de Curauma S.A. en 2013, informó un pasivo total autorizado con derecho a voz y voto de 1.489.082 UF al valor de ese día.   La Tesorería General de la República (TGR) concentra el 71,10 % de ese monto, lo que convierte al Fisco, el Estado de Chile, en el principal acreedor afectado. En el acta no figura ningún pago sustantivo a los acreedores desde que el 2º Juzgado Civil de Santiago declaró la quiebra en septiembre de 2013, lo que confirma que, después de más de una década de procedimiento, la deuda sigue intacta. Por ende, podemos deducir que la deuda de Curauma S.A. en 2013, era muy cercana a esa cifra, es decir, 1.500.000 UF. En marcado contraste, el 13 de diciembre de 2011, el directorio de Curauma S.A. aprobó y remitió como hecho esencial a la entonces Superintendencia de Valores y Seguros —hoy Comisión para el Mercado Financiero (CMF)— el informe técnico de tasación elaborado por el arquitecto y perito judicial Rubén Miralles Caicedo. Ese informe valorizó los terrenos de Tranque La Luz y Fundo Las Cenizas en 16.903.107 UF ( leer tasación ).   Curauma S.A. en 2013: Pasivo = 1.500.000 UF Activo = 16.900.000 UF Pese a contar con esta información desde 2011, la CMF jamás investigó ni advirtió sobre la evidente desproporción entre el patrimonio y la deuda que se utilizó como fundamento para la quiebra: una obligación de apenas 85 millones de pesos, sin respaldo tributario ni documental, no reconocida por la administración original de la sociedad.   Esa decisión judicial abrió la puerta a una gestión concursal marcada por un hecho clave: el síndico César Millán Nicolet entregó a Euroamerica Seguros de Vida más de 2.000 hectáreas del Fundo Las Cenizas bajo el argumento de saldar el crédito de 2004 por 715.000 UF, a pesar de que Curauma ya había pagado 1.040.775 UF, generando para el acreedor un rendimiento compuesto de UF +7,36 % anual. El valor de lo cedido supera con creces lo que se adeudaba, en una aritmética que no cierra bajo ningún estándar financiero. En todo este tiempo, la CMF —heredera directa de la SVS que recibió y archivó la tasación de Miralles— ha sido un actor pasivo. No fiscalizó las operaciones del síndico, no requirió explicaciones a los tribunales, y no hizo nada para evitar que un patrimonio inmobiliario tasado oficialmente en 16,9 millones de UF se diluyera en remates subvalorados y traspasos directos a un acreedor privilegiado. El caso Curauma es, así, la evidencia de la corrupción de un procedimiento concursal que, lejos de proteger el interés de la masa de acreedores y del Estado, facilitó la pérdida de un patrimonio millonario. Con un síndico que actuó, y aún lo hace, como ejecutor material del traspaso y una CMF que, con su silencio y omisión, se convirtió en cómplice del despojo. #casocurauma

  • 23 fracasos de un proceso corrupto

    El jueves 21 de agosto de 2025 se consumó, otra vez, la farsa. El síndico César Millán Nicolet, con la anuencia del 2º Juzgado Civil de Santiago, intentó por vigésima tercera vez rematar 535 hectáreas urbanas de Curauma. Y por vigésima tercera vez, no hubo oferentes. La reiteración no es anécdota: es el síntoma de un proceso que carga con la sombra de la ilegitimidad. Veintitrés intentos, veintitrés fracasos. La estadística revela lo que las instituciones no se atreven a reconocer: nadie decente quiere convalidar una operación percibida como corrupta , diseñada por los abogados de Euroamerica Seguros de Vida para beneficio de su cliente, y sostenida por un entramado de organismos de fe pública prevaricadores. El despojo de Curauma ya no se mide solo en hectáreas ni en cifras millonarias, sino en la erosión de la confianza institucional. Cada remate fallido es una bofetada al discurso de transparencia y seguridad jurídica. Si el mercado rehúye participar, no es por falta de interés inmobiliario, sino porque percibe que los cimientos del proceso son falsos. Este caso desnuda la fragilidad del Estado de Derecho cuando intereses económicos poderosos logran subordinar al aparato judicial y regulatorio. La función del síndico, que debiera ser garante del interés común, se convierte en la de un ejecutor de designios privados. El tribunal, que debe velar por la justicia material, se limita a dar cobertura formal a una operación cuestionada desde su origen. Curauma no es solo un conflicto local: es un espejo nacional. ¿Qué mensaje envía a inversionistas, ciudadanos y electores que vean cómo 23 veces se intenta vender un patrimonio bajo sospecha y 23 veces fracasa? El mensaje es claro: la corrupción institucionalizada repele más que atrae. #casocurauma Documento del 2º Juzgado Civil de Santiago del 21 de agosto de 2025.

  • 23º remate de 535 hectáreas en Curauma

    A D V E R T E N C I A REMATE DE 535 HECTÁREAS EN CURAUMA 21 DE AGOSTO DE 2025 SE TRATA DE UN PROCESO VICIADO Si EuroAmérica Seguros de Vida presta dinero a Curauma a una tasa de interés usuraria, se le conocería como usurera. Y si EuroAmérica se negare a flexibilizar el pago de la última cuota, para quedarse con el inmueble que le fue entregado en garantía de propiedad, cuyo valor es 13 veces la suma prestada más todos los intereses pagados juntos, caería en la infamia. Y si Curauma demanda a EuroAmérica para que se rebajen los intereses usurarios y se le devuelva su propiedad; y esta última, con ayuda de dos abogados de Claro y Cía. y de algunos funcionarios judiciales de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, infringiendo el sistema de adjudicación de causas, logra radicarla en un tribunal de su conveniencia con el fin de declarar su quiebra y designar a un Síndico de confianza, para que, pasando a representarla, se desista de la demanda intentada en su contra, se le llamaría usurera, infame y descarada; a sus abogados, impúdicos; y al Tribunal y al Síndico intervinientes, corruptos y prevaricadores. Bien podrían aplicarse acá las palabras del abogado de EuroAmérica, Cristóbal Eyzaguirre, pronunciadas en el diario El Mercurio el 10 de agosto pasado, referidas al caso Australis:  “ Este caso será estudiado en todas las escuelas de Derecho como el caso símbolo de la mediocridad y declive moral que hoy aqueja a nuestra profesión ”, creándose  “un precedente que socava gravemente el principio del orden económico y jurídico”. En el plano jurídico se habrían cometido los delitos de usura, estafa, apropiación indebida, prevaricación, negociación incompatible, delito informático y obstrucción a la justicia,  todos los cuales serán perseguidos prontamente ante la justicia penal y civil . Estos son los antecedentes que deben conocer quienes pretendan adjudicarse, a precio vil, el inmueble en cuestión,  pues se ejercerán contra ellos todas las acciones correspondientes . #casocurauma RESULTADO

  • Todos los caminos conducen al Segundo Juzgado Civil

    La asignación de los casos Curauma (2013), LATAM (2020) y el caso de las inmobiliarias querelladas (2023) al 2° Juzgado Civil de Santiago, pese a que las reglas (3 criterios) oficiales de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ) indicaban que debían recaer en distintos juzgados, expone un patrón consistente de manipulación en el sistema de distribución de causas judiciales. Las similitudes en los actores involucrados, las decisiones tomadas y las denuncias asociadas refuerzan la sospecha de que este tribunal ha sido sistemáticamente favorecido en procesos de alto impacto económico y mediático. Similitudes clave entre los tres casos 1. Manipulación en la asignación de juzgados. Según la CAPJ, la causa de Curauma debía ser asignada al 6° Juzgado Civil de Santiago, que tenía la menor carga acumulada (14.027 causas). Sin embargo, terminó en el 2° Juzgado Civil. En el caso LATAM, el análisis de la carga judicial indicaba que el 15° Juzgado Civil debía recibir la causa. En su lugar, fue dirigida al 2° Juzgado Civil. Finalmente, las normas señalaban que el caso de las inmobiliarias debía ser revisado por el 17° Juzgado Civil, pero nuevamente recayó en el 2° Juzgado Civil. 2. Repetición de actores clave. Cristóbal Eyzaguirre y José Miguel Huerta, abogados estratégicos de alta relevancia, aparecen representando a las empresas involucradas en dos de los tres casos. La jueza Inelie Durán Madina, del 2° Juzgado Civil, fue responsable de resoluciones clave en cada proceso. Además, en el caso inmobiliario, el secretario Víctor Bergamín Salinas actuó como juez subrogante, siendo acusado de prevaricación. 3. Denuncias de manipulación informática. En el caso de las inmobiliarias, los representantes Belinda Claudia Rojas Ruiz y Ángelo Fabricio Espina Rojas presentaron una querella similar a las denuncias hechas por Manuel Cruzat Infante y Jorge Said Yarur en otros casos, alegando sabotaje al sistema automático de asignación de causas. 4. Resoluciones controvertidas. En el caso Curauma, la quiebra permitió a los controladores manejar la empresa bajo términos cuestionados, perjudicando a otros acreedores. En el caso LATAM, se facilitó la reestructuración bajo el Capítulo 11 en Estados Unidos, afectando a los acreedores minoritarios en Chile. En el caso de las inmobiliarias, las resoluciones dilataron procesos y permitieron el despojo de un inmueble sin que los querellantes fueran parte del juicio. Coincidencia estadísticamente improbable La posibilidad de que tres casos independientes, separados en el tiempo y con criterios diferentes, recaigan en el mismo juzgado de manera aleatoria es extremadamente baja. Con 19 juzgados habilitados para estas materias, la probabilidad de asignación al 2° Juzgado Civil es de 5.26 %. La probabilidad de que los tres casos terminen en el mismo juzgado, sin manipulación, es de aproximadamente 0.015%.  Este resultado es tan improbable que su ocurrencia natural es prácticamente imposible, apuntando a una manipulación deliberada. Análisis de manipulación El patrón repetido apunta a una estrategia sistemática para dirigir causas al 2° Juzgado Civil mediante sincronización del ingreso de causas, identificando ventanas horarias críticas dentro del sistema rotativo de turnos para asegurar la asignación al juzgado deseado. También se explotaron vulnerabilidades del sistema, aprovechando la predictibilidad del algoritmo de distribución con acceso a información técnica privilegiada. Finalmente, los ingresos de causas muestran concentraciones en horarios específicos correlacionados con turnos del 2° Juzgado Civil, lo que indica intervenciones deliberadas. Impacto sistémico La asignación repetida de casos de alta complejidad al mismo juzgado expone fallas estructurales en el sistema judicial chileno. Este patrón compromete la imparcialidad del sistema, mina la confianza pública en la justicia y muestra cómo ciertos actores pueden explotar estas vulnerabilidades para obtener resoluciones favorables. Los casos Curauma, LATAM y las inmobiliarias querelladas revelan un esquema claro de manipulación en la distribución de causas al 2° Juzgado Civil de Santiago, beneficiando a actores específicos. Las similitudes en los actores legales, las resoluciones emitidas y las denuncias por manipulación informática subrayan la necesidad urgente de una auditoría exhaustiva del sistema judicial y la implementación de controles más estrictos para prevenir estas prácticas. Este patrón no solo perjudica a los acreedores y querellantes, sino que socava los principios fundamentales de transparencia e igualdad ante la ley. #casocurauma

  • El testaferro de Euroamerica Seguros de Vida

    Julio Bustamante Jeraldo es un abogado chileno con una extensa carrera en los sectores público y privado. Nació en La Serena en 1954 y se graduó como abogado en la Universidad de Chile, especializándose en derecho financiero y previsional.   Su rol más destacado en el ámbito público fue como Superintendente de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) durante los gobiernos de Patricio Aylwin, Eduardo Frei Ruiz-Tagle y Ricardo Lagos. Durante su gestión, supervisó reformas clave del sistema previsional chileno, como la implementación de los multifondos, que ampliaron las opciones de inversión para los afiliados. No obstante, su carrera se ha visto empañada por su participación en el controvertido proceso de quiebra de Curauma S.A. (Caso Curauma), donde se desempeñaba como exdirector.   En 2013, Julio Bustamante Jeraldo presentó la solicitud de quiebra de Curauma S.A. en Santiago, a pesar de que el domicilio legal de la empresa estaba en Valparaíso. Este movimiento levantó sospechas sobre una posible manipulación del proceso para beneficiar a Euroamerica Seguros de Vida S.A., una compañía controlada por Henry Comber (implicado y multado en la colusión de casinos con Enjoy) y Nicholas Davis. La quiebra se fundamentó en una supuesta deuda de aproximadamente 80 mil USD con Corpbanca, una cifra insignificante en comparación con los activos de Curauma, valuados en más de 500 millones de USD. El pagaré que respaldaba la supuesta deuda de Curauma S.A. hacia Bustamante ha sido objeto de fuertes cuestionamientos, ya que carecía de respaldo documental y tributario adecuado. No se presentaron pruebas suficientes que validaran su legitimidad, contraviniendo las normativas de la Ley de Valores y la Ley de Sociedades Anónimas de Chile. El rol de Bustamante fue crucial para que Euroamerica Seguros de Vida pudiera apropiarse de los activos de Curauma S.A. a través de maniobras judiciales y financieras. Estas acciones permitieron a Euroamerica retener garantías y ejecutar activos a precios muy inferiores a su valor real, afectando gravemente a los acreedores y a los 1.600 accionistas minoritarios. Asimismo, el proyecto urbanístico de Curauma, que era fundamental para el desarrollo de la región de Valparaíso, quedó paralizado debido a este proceso. La participación de Bustamante en este proceso ha generado dudas sobre la transparencia y la legalidad de sus acciones, vinculándolo a prácticas judiciales cuestionables que beneficiaron a actores financieros poderosos como Euroamerica Seguros de Vida. Esta controversia ha manchado su reputación, exponiendo los conflictos de interés en el sistema judicial y financiero chileno. #casocurauma

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