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Artículos


El destino inevitable del proceso de quiebra de Curauma
El caso de la quiebra de Curauma fue asignado al 2° Juzgado Civil de Santiago, cuando, según las reglas del sistema de distribución de causas del Poder Judicial, debería haber sido encargada al 6° Juzgado. Alguien intervino el sistema computacional diseñado para efectuar en forma automática la designación. La persona que lo hizo se atribuyó una autoridad o derecho que la ley no le concede. Esa persona forma o formaba parte de la CAPJ. El artículo 7° de nuestra Constitución, q
hace 2 días3 min de lectura
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