(4) El destino inevitable del proceso de quiebra de Curauma
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Las razones por las cuales la asignación de la solicitud de quiebra de Curauma no fue un error computacional.
Muchos podrían pensar que la presentación de la solicitud de quiebra de Curauma ante el 2° Juzgado Civil de Santiago, en vez del 6°, se debió a un simple error del Sistema de Distribución de Causas del Poder Judicial. Esta posibilidad no se puede descartar ya que, en igualdad de condiciones, la explicación más simple suele ser la correcta. Se trata del principio heurístico conocido como la Navaja de Ockham, una herramienta metodológica que sirve para guiar la toma de decisiones de forma eficiente. Sin embargo, este criterio no garantiza la verdad. En el mundo real, la alternativa más compleja a veces resulta ser la verdadera; por ello, aplicar este principio de forma rígida y como una regla infalible conlleva el riesgo de actuar con ingenuidad.
Observemos el contexto de lo sucedido y las variables relevantes que se deben considerar:
El convenio en Valparaíso: Desde abril de 2013, Curauma tramitaba en Valparaíso un Convenio Judicial Preventivo que contemplaba un aumento de capital cercano a los USD 50 millones, la venta ordenada de activos, la recompra de terrenos y el pago de acreencias. El 7 de noviembre de 2013 debía votarse su aprobación o rechazo. La Tesorería General de la República (TGR), acreedora decisiva, estuvo presente en el lugar, pero su representante no ingresó a la audiencia. Sin su participación no hubo quórum y el convenio fracasó. Por consiguiente, el tribunal de Valparaíso debía declarar la quiebra de Curauma.
Maniobra paralela en Santiago: Paralelamente, el 25 de septiembre de 2013, Curauma obtuvo una medida precautoria en contra de Euroamerica Seguros de Vida S.A., que prohibía celebrar actos y contratos sobre los fundos Las Cenizas, Las Casas de Peñuelas y el resto del Lote 10 del Fundo El Llano, propiedades que antes le pertenecían. Al día siguiente, Julio Bustamante Jeraldo, exdirector de Curauma, solicitó su quiebra en Santiago mediante un crédito que acababa de adquirir de Corpbanca. La petición fue ingresada el mismo día en que Euroamerica Seguros de Vida fue notificada de la demanda.
La asignación irregular del tribunal: La solicitud de Bustamante recibió el Rol C-13913-2013 y fue asignada al 2º Juzgado Civil de Santiago, a pesar de que, según la información proporcionada por la propia Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ), la distribución debería haberse hecho al 6º Juzgado Civil.
Interrogantes clave: ¿Cuál es la razón por la cual se quería que la quiebra de Curauma se declarara en Santiago y no en Valparaíso, cuyos tribunales tenían legalmente la competencia territorial y ya conocían el Convenio Judicial Preventivo? Si a Julio Bustamante o a sus causahabientes en el crédito solo les interesaba la quiebra de Curauma, ¿por qué no esperaron que esta fuera declarada por el tribunal territorialmente competente que estaba conociendo del asunto?
Pero el asunto no acaba con estas preguntas, que muchos podrían calificar de retóricas, aunque no lo son:
El 18 de diciembre de 2013, el 2º Juzgado declaró la quiebra de Curauma y nombró como síndico a César Millán Nicolet, quien residía en España y cuya relación de amistad con Nicholas Davis, controlador y dueño de Euroamerica Seguros de Vida, era de conocimiento público.
El 27 de enero de 2014, apenas 38 días después de jurar el cargo, el síndico Millán revocó los poderes de los abogados que defendían a Curauma en el juicio destinado a recuperar los predios ya mencionados.
El 14 de octubre de 2014, el síndico, en representación de Curauma S.A., suscribió con Euroamerica Seguros de Vida un avenimiento por el cual se desistía de la demanda por usura que se había interpuesto contra ella, y se ponía término al juicio.
Con este procedimiento Euroamerica Seguros de Vida consolidó el dominio sobre los fundos Las Cenizas, Las Casas de Peñuelas y el resto del Lote 10 del Fundo El Llano: 2.500 hectáreas estratégicas en el radio urbano del Gran Valparaíso; y la fallida, Curauma S.A., con el visto bueno de sus principales acreedores, perdió su principal activo.
Por otro lado, cabe considerar que los abogados de Euroamerica Seguros de Vida en la quiebra de Curauma fueron los mismos que lograron que la quiebra de LATAM se radicara en tribunales extranjeros. Ambos procesos fueron tramitados por el 2° Juzgado Civil de Santiago.
Estas son las razones por las que la Navaja de Ockham no funciona en este caso. Lo que aquí mejor aplica es el proverbio que nos enseñaron desde niños: "Por sus frutos los conoceréis". Si existía alguna duda de que la asignación de la solicitud de quiebra al 2° Juzgado fue solo un error informático, el desarrollo posterior de los hechos sugiere justamente lo contrario: no hubo tal error computacional, sino una intervención humana con propósito determinado.
También leer:
- El destino inevitable del proceso de quiebra de Curauma (3)
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