Estado de omisión
- MV
- hace 3 días
- 3 Min. de lectura
Actualizado: hace 3 días
¿Cabe imputar responsabilidad penal por omisión impropia a funcionarios públicos o entidades estatales que, teniendo la obligación legal de intervenir, no actuaron frente a indicios claros de conductas fraudulentas? Lejos de ser una mera interrogante, esta cuestión desafía los contornos de la responsabilidad penal en Chile y revela un patrón estructural de inactividad estatal que abandona a los ciudadanos a su suerte.
Estado de omisión
La inacción del Estado chileno en el caso Curauma no es un hecho aislado, sino un eco desgarrador de una realidad que ha de repetirse en cientos de casos a lo largo del país, donde ciudadanos de a pie —aquellos cuya existencia parece irrelevante para las instituciones— son abandonados a su suerte. Este pecado de omisión, arraigado en la desidia, la descoordinación y la tolerancia al abuso, no es exclusivo de Curauma: es una enfermedad estructural incrustada en el alma de la nación, que amenaza a cualquier persona que confíe en el Estado para proteger sus derechos. La corrupción y la negligencia institucional no discriminan; hoy es Curauma, mañana puede ser cualquier ciudadano.
El derecho penal chileno, a través del artículo 10 N° 12 del Código Penal, es claro: la omisión impropia constituye un delito grave cuando quienes tienen el deber jurídico de proteger bienes esenciales, como la probidad pública o el erario fiscal, eligen la pasividad ante evidencias flagrantes de injusticia.
En Curauma, como en otros casos similares, el Estado ha violado su posición de garante, permitiendo que irregularidades se perpetúen en un silencio cómplice. Funcionarios públicos, desde la CAPJ hasta el Ministerio Público, han eludido herramientas legales como el artículo 239 del Código Penal, que sanciona el fraude al fisco, o el artículo 175 del Código Procesal Penal, que castiga la omisión de denuncia. Incluso el artículo 242 bis, que habilita medidas cautelares para proteger el patrimonio público, permanece inactivo, evidenciando una desconexión peligrosa entre la norma y su aplicación.
Esta omisión no es un error aislado, sino un patrón estructural que deja desamparados a los ciudadanos de a pie: emprendedores, trabajadores, pacientes y comunidades cuya voz apenas resuena en los pasillos del poder. Según el Informe de Licencias Médicas 2023 de la Superintendencia de Seguridad Social, el gasto en subsidios por incapacidad laboral alcanzó los 1.4 billones de pesos en Fonasa, un costo que, junto a la negligencia estatal, desangra servicios esenciales como salud, educación y vivienda. La descoordinación interinstitucional agrava esta traición: la Fiscalía Nacional, en casos análogos, ha anunciado investigaciones "de oficio" que se diluyen por la ausencia de denuncias directas de la Contraloría (en gestiones previas a Dorothy Pérez G.), un reflejo de la misma pasividad que perpetúa las injusticias en Curauma y en casos similares, desde comunidades olvidadas hasta trabajadores defraudados.
La rigidez del Estatuto Administrativo (Ley N° 18.834), que dificulta sancionar a funcionarios responsables, y la lentitud de sumarios administrativos, que se diluyen en años sin resultados, crean un caldo de cultivo para la impunidad. Esta permisividad envía un mensaje devastador: el Estado protege a los responsables antes que a los ciudadanos comunes, aquellos que, sin influencia ni recursos, enfrentan solos la indiferencia institucional. En Curauma, como en tantos otros casos, el ciudadano de a pie queda reducido a un mero espectador de su propia injusticia.
El costo de este pecado de omisión es una herida abierta en el contrato social. Cada caso ignorado, cada denuncia desoída, cada irregularidad no investigada o dilatada sin pudor, erosiona la confianza pública y refuerza la percepción de que la justicia es un privilegio para pocos.
El desafío es urgente: el Estado debe asumir su rol de garante, activar con determinación los mecanismos de fiscalización y persecución penal, y priorizar a los ciudadanos que claman por justicia. No hacerlo es traicionar el principio ético que sostiene su legitimidad.
Comments