Los riesgos del Banco de Chile por la demanda de Curauma S.A.
- MV
- 26 dic 2024
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Actualizado: 26 dic 2024
En agosto de 2024, Curauma S.A. presentó una demanda de gran envergadura contra el Banco de Chile, acusándolo de fraude civil, conflictos de interés y malas prácticas bancarias.
El Caso Curauma no solo compromete la posición del Banco de Chile en el ámbito local, sino que también tiene implicancias internacionales, afectando su relación estratégica con Citibank y atrayendo el escrutinio de la Securities and Exchange Commission (SEC) de Estados Unidos.
Cargos Principales
La demanda de Curauma S.A. acusa al Banco de Chile de haber facilitado, mediante un crédito hipotecario, un esquema fraudulento liderado por Euroamerica Seguros de Vida S.A. y sus filiales, bajo la dirección de su presidente Henry Comber, exejecutivo de Citibank. Entre los puntos clave de la acusación destacan:
- Concesión de un crédito irregular: El Banco de Chile otorgó un crédito hipotecario de 880,000 UF a Administraciones y Proyectos Euroamérica S.A., una entidad sin trabajadores ni respaldo patrimonial suficiente. Esto permitió la transferencia de inmuebles valiosos desde Curauma S.A., inmuebles que estaban sujetos a derechos litigiosos y medidas precautorias.
- Participación en la Junta de Acreedores: A pesar de estar demandado por Curauma S.A., el Banco de Chile votó en las decisiones de la Junta de Acreedores, favoreciendo acuerdos que consolidaron la transferencia de activos hacia Euroamerica.
- Falta de compliance: Las acusaciones sugieren que el Banco de Chile no cumplió con los estándares internos ni externos de control financiero, permitiendo que se concretaran transacciones sospechosas y en tiempo récord.
Riesgos Locales para el Banco de Chile
En el ámbito chileno, el caso expone al Banco de Chile a:
1. Pérdidas financieras: La demanda de Curauma S.A. solicita una indemnización de 1.984 millones de dólares, una cifra que podría afectar significativamente su balance.
2. Daño reputacional: Las acusaciones de participación en un esquema fraudulento erosionan la confianza pública en la institución, especialmente considerando su papel como líder del mercado bancario chileno.
3. Investigaciones regulatorias: La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) podría, y debe, abrir una investigación para determinar si el Banco de Chile incumplió sus obligaciones legales y normativas.
Implicancias Internacionales: alianza con Citibank
El Banco de Chile mantiene una alianza estratégica con Citibank, que incluye la prestación de servicios financieros globales y la participación accionaria de Citibank en el banco chileno (29,09%). Esta relación agrega una dimensión internacional al caso, planteando riesgos adicionales:
1. Reputación compartida: Si el Banco de Chile es encontrado culpable de malas prácticas, Citibank podría verse implicado por su rol como socio estratégico. Esto afectaría su imagen global, especialmente en mercados donde Citibank enfatiza su compromiso con la transparencia y el compliance.
2. Evaluación de la alianza: Citibank podría revaluar su relación con el Banco de Chile si el caso afecta su capacidad para operar bajo estándares éticos y normativos. Esto podría incluir una reducción en su participación accionaria o una renegociación de los términos de la alianza.
3. Restricciones operativas: La relación entre ambas instituciones podría enfrentar barreras regulatorias si se percibe que el Banco de Chile no opera conforme a estándares internacionales.
Riesgos con la SEC de Estados Unidos
Dado que el Banco de Chile opera en mercados internacionales y Citibank está sujeto a la supervisión de la SEC, este caso podría atraer el escrutinio del regulador estadounidense:
1. Auditorías y sanciones: La SEC podría investigar si las acciones del Banco de Chile violaron la Ley Sarbanes-Oxley, que exige controles financieros sólidos y divulgación de riesgos. Si se detectan irregularidades en las operaciones internacionales, podrían imponerse multas significativas o restricciones en la emisión de valores en Estados Unidos.
2. Investigación de compliance: La SEC también podría revisar si Citibank, como accionista y socio estratégico, cumplió con su responsabilidad de supervisar adecuadamente al Banco de Chile. Esto podría extender la investigación a Citibank y afectar su reputación global.
3. Impacto en los mercados financieros: Si el caso afecta la estabilidad financiera del Banco de Chile, la SEC podría imponer medidas para proteger a los inversionistas internacionales.
Riesgos Sistémicos y Consecuencias a Largo Plazo
1. Confianza del mercado: El caso podría disuadir a inversionistas internacionales de operar con el Banco de Chile, afectando su acceso a financiamiento global y su posición en el mercado financiero.
2. Compliance reforzado: Tanto el Banco de Chile como Citibank podrían verse obligados a implementar controles internos más estrictos para prevenir futuras irregularidades, lo que implicaría costos operativos adicionales.
3. Precedentes legales: Este caso podría establecer un precedente en la responsabilidad compartida entre instituciones financieras locales e internacionales, aumentando el escrutinio sobre alianzas estratégicas similares.
La demanda de Curauma S.A. representa un desafío crítico para el Banco de Chile, con riesgos que trascienden el ámbito local e impactan su posicionamiento internacional. Además del impacto financiero directo que esta controversia podría acarrear, la relación estratégica con Citibank se ve comprometida, mientras que la posibilidad de atraer la atención de la SEC de Estados Unidos eleva las implicancias regulatorias a una escala global.
Anexo:
El Banco de Chile está sujeto a regulaciones locales e internacionales. En Chile, debe cumplir con las disposiciones de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que supervisa transparencia, gestión de riesgos y capitalización, y adherirse a la Ley 19.913 sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. A nivel internacional, debe cumplir con las normativas de la Securities and Exchange Commission (SEC) de Estados Unidos, que regula la emisión de bonos bajo la Ley de Valores de 1933 y la Ley de Bolsa de Valores de 1934. También está obligado a cumplir con la Ley Sarbanes-Oxley (SOX), que exige auditorías y controles internos, la Foreign Corrupt Practices Act (FCPA), que prohíbe prácticas corruptas, y estándares de prevención de lavado de dinero establecidos por FinCEN y OFAC.