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  • ¿Cuál es el origen del conflicto legal del #CasoCurauma (Cap I)?

    Capítulo I ¿Cuál es el origen del conflicto legal del  Caso Curauma? En 2004, Euroamerica Seguros de Vida S.A. y Empresas CB (matriz de Curauma S.A.), ligada al empresario Manuel Cruzat Infante, firma un acuerdo de financiamiento por 715.000 Unidades de Fomento (UF).   Este acuerdo, estructurado bajo la forma de leasing y venta con opción de recompra, tenía como objetivo la adquisición de terrenos en el alto Valparaíso, destinados al desarrollo de los proyectos Curauma y Las Cenizas (2.500 hectáreas). Pago del financiamiento: Entre 2004 y 2013, Empresas CB paga a Euroamerica Seguros de Vida S.A. un total de 1.040.775 UF, lo que representa un rendimiento anual compuesto de UF + 7,36% . Adicionalmente, para recuperar los terrenos, Empresas CB debía abonar 907.081 UF antes del 31 de agosto de 2013, lo que elevaría el rendimiento a UF + 21,43% anual. El conflicto: En agosto de 2013, Curauma S.A. presentó una demanda para la restitución de los terrenos, alegando que ya habían sido pagados en su totalidad. Días antes de esta demanda, Euroamerica Seguros de Vida S.A. " vendió " los terrenos a Administraciones y Proyectos Euroamerica S.A., una sociedad relacionada. www.curauma.info  /  www.cb.cl  /  www.casocurauma.blogspot.com www.x.com/CasoCurauma  /  www.facebook.com/casocurauma www.instagram.com/casocurauma  /  www.linkedin.com/in/casocurauma

  • The Distribution of Cases in the Chilean Judiciary: Algorithm or Urban Myth?

    In Chile's judiciary, it is presumed that an algorithm exists to distribute cases fairly among the courts. In theory, this system assigns cases randomly and impartially, minimizing human intervention and reducing the risk of favoritism. However, both its actual functionality and its very existence are under scrutiny. The supposed algorithm's role is to assign judicial cases to judges randomly, adhering to criteria such as specialization, workload, and the availability of judges to ensure fair and competent distribution. Yet in practice, there are indications that this system may not be operating as intended. The existence of this algorithm has been controversial. Some argue that the system works properly, while others claim it is merely an urban myth used to cover up the discretionary distribution of cases. The lack of transparency and the refusal of the Judicial Branch's Administrative Corporation (CAPJ), the entity that oversees the algorithmic system, to provide the assignment logs has fueled these suspicions. One of the most emblematic cases that casts doubt on the algorithm's effectiveness is the Curauma Case. In this instance, the case was assigned to the Second Civil Court of Santiago, even though the algorithm's criteria should have selected a different court. This erroneous assignment suggests that the algorithm is not adhering to its own parameters. The Curauma Case is a clear example of irregularities in case assignments. Despite the established criteria, the case was wrongly assigned, raising concerns about the system's manipulation. The CAPJ has refused to release the logs that could clarify how the case was allocated. This refusal and lack of transparency have led many to question the integrity of the system and suspect potential tampering. The CAPJ's refusal to provide the logs of the algorithm in the Curauma Case is alarming. If the algorithm truly exists and functions correctly, there should be no reason to withhold this information. However, if the so-called algorithm doesn’t exist, or if it’s merely a manipulable "Excel" spreadsheet flexible to discretionary criteria, it would explain why the court selection contradicted the logic and the criteria of this phantom algorithm. #CuraumaCase #CasoCurauma

  • La Distribución de Causas en el Poder Judicial de Chile: ¿Algoritmo o Mito Urbano?

    En el Poder Judicial de Chile, se presume la existencia de un algoritmo diseñado para distribuir causas equitativamente entre los tribunales. Este sistema, en teoría, asigna las causas de manera aleatoria y justa, minimizando la intervención humana y el riesgo de favoritismos. Sin embargo, su funcionamiento real y su misma existencia están bajo cuestionamiento.   La función del supuesto algoritmo es asignar causas judiciales a los jueces de manera aleatoria, respetando criterios como especialización, carga laboral y disponibilidad de los jueces, para asegurar una distribución justa y competente. No obstante, en la práctica, hay indicios de que este sistema podría no estar operando como se espera.   La existencia de este algoritmo ha sido controversial. Algunos argumentan que el sistema funciona correctamente, mientras que otros sostienen que es solo un mito urbano para encubrir la distribución discrecional de causas. La falta de transparencia y la negativa de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ), entidad administradora del sistema algorítmico, a proporcionar los registros (logs) de las asignaciones han alimentado estas sospechas.   Uno de los casos más emblemáticos que pone en tela de juicio la eficacia del algoritmo es el Caso Curauma. En este caso, la causa fue asignada al Segundo Juzgado Civil de Santiago, a pesar de que los criterios del algoritmo debían haber seleccionado otro tribunal. Esta asignación errónea sugiere que el algoritmo no está cumpliendo con sus propios parámetros.   El Caso Curauma es un claro ejemplo de las irregularidades en la asignación de causas. A pesar de los criterios establecidos, la causa fue asignada erróneamente, lo que ha levantado sospechas sobre la manipulación del sistema. La CAPJ se ha negado a entregar los registros (logs) que podrían esclarecer cómo se realizó la asignación de esta causa. Esta negativa y falta de transparencia ha llevado a muchos a cuestionar la integridad del sistema y a sospechar de posibles manipulaciones.   La negativa de la CAPJ a proporcionar los registros del algoritmo en el Caso Curauma es alarmante. Si el algoritmo realmente existe y funciona correctamente, no debería haber razón para ocultar esta información. Sin embargo, si el famoso algoritmo no existiese, o fuera una simple planilla Excel manipulable y flexible a criterios discrecionales, se entiende que la selección de tribunal haya contravenido la lógica y el criterio del supuesto algoritmo fantasma. Más sobre el Caso Curauma:  www.ciperchile.cl/2024/08/12/las-graves-consecuencias-de-manipular-la-justicia/

  • Banco de Chile: Caso Curauma + Caso Caval

    El Banco de Chile, con más de 2,6 millones de clientes y activos por USD 60.736 millones hasta marzo de 2024, se posiciona como una de las instituciones financieras más importantes del país. Su retorno sobre patrimonio (ROE) del 24,6% y una capitalización CET1 del 13,8% reflejan su solidez financiera, mientras su alianza estratégica con Citibank refuerza su presencia global y estándares de compliance, asegurando el cumplimiento normativo en mercados locales e internacionales. Cotizando en las bolsas de Santiago, Electrónica y Nueva York (NYSE) bajo el símbolo BCH, el Banco de Chile se posiciona como un puente clave entre las economías locales y globales. Su asociación estratégica con Citibank no solo facilita el acceso a estándares internacionales más rigurosos en materia de compliance, sino que también lo somete al escrutinio de organismos reguladores como la Securities and Exchange Commission (SEC) en Estados Unidos, reforzando su imagen como una institución comprometida con la transparencia y la responsabilidad regulatoria. Sin embargo, esta percepción de solidez y cumplimiento contrasta con un preocupante historial de controversias, especialmente en los casos Curauma y Caval, que evidencian discrepancias significativas entre los estándares regulatorios internacionales que el banco declara respetar y sus prácticas en el mercado local.   Caso Curauma   En agosto de 2013, el Banco de Chile otorgó un crédito hipotecario de USD 34,1 millones a Administraciones y Proyectos Euroamerica S.A., una filial de Euroamerica Seguros de Vida S.A. sin capital, trabajadores ni activos. Este préstamo facilitó la adquisición de bienes del Grupo CB comprometidos como garantía a favor de Curauma S.A., desencadenando un esquema que culminó en el despojo de los activos estratégicos de esta última.   A pesar de que Curauma S.A. pagó el préstamo inicial otorgado por Euroamerica, nunca logró recuperar los bienes dados en garantía. En cambio, Euroamerica utilizó su posición para retener dichos activos, beneficiándose en perjuicio de Curauma S.A. Esta operación fue posible gracias a la negligencia del Banco de Chile, que, plenamente informado sobre las maniobras de Euroamerica, facilitó la transacción en flagrante incumplimiento de los principios de compliance y diligencia debida.   La pasividad de los organismos fiscalizadores, particularmente de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), agravó la situación. Su inacción no solo permitió que se consumara el despojo, sino que también evidenció graves fallas sistémicas en los mecanismos de supervisión, debilitando la fe pública en la transparencia y en la capacidad del sector financiero para garantizar el cumplimiento normativo.   Entre las irregularidades detectadas destacan la ausencia de tasaciones independientes, la falta de estudios de títulos y el incumplimiento en la comunicación de hechos esenciales a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS). Este entorno de opacidad y supervisión deficiente refleja un esquema de acciones concertadas que favorecieron a Euroamerica en perjuicio de los derechos de Curauma S.A. y sus accionistas.   Caso Caval   En diciembre de 2013, cuatro meses después del Caso Curauma, el Banco de Chile aprobó un crédito de USD 10 millones a Caval Ltda., propiedad de Natalia Compagnon y Mauricio Valero. Este préstamo, aprobado un día después de la elección presidencial de Michelle Bachelet, permitió la compra y reventa especulativa de terrenos en Machalí, generando ganancias de USD 3,8 millones para Caval.   El crédito se otorgó tras una reunión entre Sebastián Dávalos, Natalia Compagnon y Andrónico Luksic Craig, entonces vicepresidente del Banco de Chile. Este hecho suscitó acusaciones de tráfico de influencias y favoritismo, desatando un escándalo político y financiero que puso en entredicho los procesos de evaluación crediticia y reveló aparentes conexiones entre intereses empresariales y políticos.   Un historial de sanciones y fallas sistémicas   Más allá de estos casos, el Banco de Chile acumula un historial significativo de sanciones por prácticas cuestionables. Entre 2005 y 2024, las multas impuestas por organismos reguladores suman 15.100 UF e incluyen infracciones como uso de información privilegiada, prácticas abusivas contra consumidores, deficiencias en prevención de lavado de dinero y falta de transparencia.   Estas sanciones reflejan un patrón reiterado de incumplimientos que no solo evidencian fallas en los controles internos, sino también la incapacidad del sistema regulador para generar un cambio significativo en la conducta corporativa.   El desafío y la oportunidad para el Banco de Chile   El Banco de Chile tiene en sus manos la oportunidad de liderar un cambio positivo en el sector financiero chileno. Distanciarse claramente de las prácticas irregulares e ilegales, promover una investigación exhaustiva que esclarezca responsabilidades y exija explicaciones a los involucrados, y asumir un rol activo en la reparación de los daños causados a Curauma S.A. son pasos necesarios para recuperar la confianza pública.   Estos actos no son solo una cuestión de integridad, sino una necesidad imperativa para proteger su reputación. Además, transmitirían un mensaje inequívoco de compromiso con la responsabilidad corporativa, consolidando su posición como un referente ético y transparente. Este momento exige determinación y liderazgo; actuar ahora permitirá al banco alinear sus acciones con los estándares internacionales que declara respetar, mientras establece un precedente para construir un mercado más justo y transparente, guiado por su ejemplo. #casocurama

  • Curauma - La Verdad / Manuel Cruzat Infante

    Inserción en El Mercurio, domingo 15 de diciembre de 2024. (Transcripción de la inserción en El Mercurio del domingo 15 de diciembre de 2024).  CURAUMA - LA VERDAD En diciembre 2013 se decretó la quiebra de Curauma S.A. en el 2° Juzgado Civil de Santiago. El juzgado que correspondía según el algoritmo de asignación de causas utilizado por la Corporación Administrativa del Poder Judicial era el 6° Juzgado. La elección del tribunal fue el comienzo de un gravísimo proceso de corrupción cuyos efectos continúan hasta hoy y en el que personas y entidades públicas y privadas del más alto nivel del mundo legal y financiero, han actuado por acción u omisión. La quiebra fue provocada para que el control de Curauma pasara a un síndico que se desistiera de una acción anteriormente presentada por Curauma para impedir el despojo de su principal activo. Decisiones como ésta se siguen adoptando permanentemente tanto por el Síndico como por la Junta de Acreedores. Las autoridades fueron informadas desde el principio, pero no tomaron medidas. Cualquier profesional serio de las instituciones participantes que hubiera hecho un somero análisis de los antecedentes, hubiera detectado la corrupción de inmediato. Pero no lo hicieron. No hay inocentes en este proceso. El caso Curauma no es aislado. El proceso de reorganización de LATAM, con los mismos abogados, fue asignado también al 2° Juzgado cuando le correspondía el 15°. Y hay más casos. Si se pretende enfrentar la corrupción y no se persiguen y castigan severamente casos como éste, que tocan al corazón del sistema social y económico, la batalla se perderá. Aquí debe ser efectivo el "caiga quien caiga" y que provoque el escándalo que merece. Los hechos aludidos se encuentran detallados en la demanda caratulada CURAUMA S.A. - FISCO DE CHILE, radicada en el 29° Juzgado Civil de Santiago, Rol C-13.995-2024. Llevamos más de una década en esta lucha y llegaremos hasta el final. CURAUMA S.A. MANUEL CRUZAT INFANTE .................................................. 1) Acceso a demanda "Curauma S.A. - Fisco de Chile", Rol C-13.995-2024: https://drive.google.com/file/d/1vJD1e_4kTHmxiKT0qXKE49Db6eANFPSg/view?usp=sharing 2) Acceso a información de demanda Rol C-13.995-2024: https://drive.google.com/file/d/1g7HAddUG7bGLEBrmkt8-yiNl2ezynG67/view?usp=sharing .................................................. COMUNICADO Santiago, 15 de diciembre de 2024.  En un inserto publicado hoy en El Mercurio, la inmobiliaria Curauma S.A., representada por Manuel Cruzat Infante, comunica que ha presentado una demanda exigiendo una indemnización por perjuicios de 1.900 millones de USD, además de la restitución de inmuebles valorados en más de 800 millones de USD, los cuales habrían sido despojados mediante un esquema de fraude.   Los principales demandados son:  - Euroamerica Seguros de Vida S.A. y filiales: al mando de Henry Comber Sigall y Nicholas Davis Lecaros, ejecutaron un fraude financiero al imponer condiciones abusivas, aplicar tasas usureras y apropiarse de propiedades clave de Curauma S.A. Utilizaron a Administraciones y Proyectos Euroamerica S.A., una filial sin activos, como vehículo para consolidar el despojo.   - César Millán Nicolet (síndico de quiebras): facilitó el traspaso irregular de bienes a Euroamerica antes de la ratificación por la Junta de Acreedores, actuando en beneficio de la aseguradora.   - Banco de Chile: otorgó un crédito hipotecario "express" que posibilitó la transferencia irregular de activos clave.  - Otros actores: Julio Bustamante Jeraldo, el Fisco de Chile, el 2º Juzgado Civil de Santiago, la Tesorería General de la República y diversos bancos, quienes participaron activa o pasivamente en la consolidación del fraude.   Desde 2004, Euroamerica Seguros de Vida S.A. diseñó un esquema para apropiarse de los activos de Curauma S.A., ofreciendo financiamientos abusivos respaldados con propiedades de alto valor. En 2013, facilitó la transferencia de inmuebles a una filial utilizando un crédito irregular otorgado por el Banco de Chile. Posteriormente, la quiebra fue asignada de manera irregular al 2° Juzgado Civil de Santiago, cuyos fallos favorecieron exclusivamente a Euroamerica. En 2014, la Junta de Acreedores renunció a todas las acciones judiciales, consolidando así el despojo.   Este fraude dejó a Curauma S.A. y a sus acreedores y accionista, en una situación crítica, mientras Euroamerica fortaleció su posición patrimonial en detrimento de las normativas legales y éticas. La demanda busca recuperar los bienes y sancionar a los responsables.    Caso Curauma

  • Curauma S.A. demanda al Banco de Chile

    En agosto de 2024, Curauma S.A. presentó una demanda contra el Banco de Chile y otros involucrados en el denominado Caso Curauma.  El Banco de Chile, aliado estratégico de Citibank y tradicionalmente considerado uno de los pilares del sistema financiero chileno, se ha revelado en este caso como un actor clave en un esquema que despojó a Curauma S.A. de bienes patrimoniales de altísimo valor. Esta alianza, respaldada por un enfoque compartido en materia de compliance, refuerza las responsabilidades compartidas entre ambas instituciones. Además, el Banco de Chile consolidó su rol como facilitador de operaciones altamente cuestionables.   Lejos de adherirse a los estándares éticos y normativos que rigen a las instituciones bancarias en Chile y en los Estados Unidos, el Banco de Chile desempeñó un papel crucial en la facilitación de la transferencia irregular de bienes. Estas acciones permitieron a Euroamerica Seguros de Vida S.A. apropiarse de activos cuyo valor superaba ampliamente el monto del financiamiento otorgado.    Hechos clave   1. Crédito hipotecario irregular (06/08/2013):   A pesar de haber sido advertido e informado por Curauma S.A., el Banco de Chile otorgó un crédito por 880.000 UF a Administraciones y Proyectos Euroamerica S.A., una sociedad sin trabajadores ni patrimonio suficiente. Esta empresa, filial de Euroamerica Seguros de Vida S.A., estaba controlada por Henry Comber y Nicholas Davis.   2. Transferencia cuestionada:   La transferencia bancaria de la venta ocurrió el mismo día en que se otorgó el crédito, sin esperar la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces ni realizar tasaciones o estudios de títulos. Estas prácticas estándar fueron deliberadamente omitidas. Los bienes transferidos estaban valuados en 11 millones de UF, un valor 15 veces superior al monto financiado.   3. Garantías comprometidas:   Los inmuebles estaban sujetos a una opción de compra en favor de Curauma S.A., lo que cuestionaba su legalidad como garantía del crédito.   4. Junta de Acreedores (14/10/2014):   El Banco de Chile participó y votó a favor de un acuerdo que obligó a Curauma S.A. a renunciar a sus acciones judiciales. Además, se le impuso aceptar un pago de 170.519 UF, equivalente al 1,5 % del valor de los terrenos. Este acuerdo fue forzado a través de una combinación de presión económica, maniobras legales indebidas y control estratégico del proceso de quiebra, diseñado para limitar las opciones de Curauma S.A. y consolidar el despojo de su patrimonio.   Rol del Banco de Chile en el esquema general   Fortalecimiento de Euroamerica:   El Banco de Chile facilitó que Euroamerica consolidara su dominio sobre los inmuebles a través de su filial Administraciones y Proyectos Euroamerica S.A., ayudando a Euroamerica Seguros de Vida S.A. a cumplir con requerimientos normativos y proteger su patrimonio técnico.   Manipulación de créditos:   El banco participó en transacciones donde los créditos fueron manipulados estratégicamente para reforzar la posición de Euroamerica.   Impacto del crédito y sus consecuencias   1. Consolidación del fraude:   La operación fue un paso clave en el esquema que permitió despojar a Curauma S.A. de bienes valuados en aproximadamente USD 500 millones.   2. Participación activa:   A pesar de estar demandado por Curauma S.A., el Banco de Chile intervino en las juntas de acreedores y apoyó decisiones que beneficiaron directamente a Euroamerica.   Contexto jurídico   Normativas incumplidas:   El Banco de Chile omitió cumplir con normativas bancarias internas y estándares esenciales, como los estudios de títulos y tasaciones. La aprobación del crédito y el uso de garantías violaron procedimientos regulares establecidos para este tipo de operaciones.   Implicación en el fraude:   El banco jugó un rol activo en un esquema que combinó acciones judiciales y financieras con el objetivo de beneficiar a Euroamerica en perjuicio de Curauma S.A. Acceso a la demanda "Curauma S.A. - Fisco de Chile", Rol C-13.995-2024: https://drive.google.com/file/d/1vJD1e_4kTHmxiKT0qXKE49Db6eANFPSg/view?usp=sharing #casocurauma #bancodechile #citibank

  • La manipulación de los tribunales en Chile

    Una inserción pagada en la edición de El Mercurio de ayer domingo 15 de diciembre sobre la quiebra de Curauma S.A. llama poderosamente la atención. Sin tapujos, se refiere a las fallas institucionales que afectan gravemente al sistema judicial chileno con eventual falta de probidad y comisión de delitos, algo que debe ser exhaustivamente investigado por el Ministerio Público y la propia justicia. Señala el Inserto, firmado por Manuel Cruzat Infante, “que la elección del tribunal fue el comienzo de un gravísimo proceso de corrupción cuyos efectos continúan hasta hoy y en el que personas y entidades públicas y privadas del más alto nivel del mundo legal y financiero han actuado por acción u omisión”, refiriéndose al hecho de que de acuerdo con el sistema de distribución de causas correspondía que la quiebra se viera en el 6°Juzgado Civil y no el 2°. Pero sin perjuicio del tema específico de Curauma planteado en el Inserto y cuyo relato completo está en una demanda radicada en el 29 Juzgado Civil de Santiago Rol 13.995-2024, lo que se pone en tela de juicio es de importancia nacional. Es la indiferencia que las autoridades del país y la elite política manifiestan sobre la seguridad jurídica y la igualdad ante la ley, debido proceso de por medio, como fundamentos esenciales de la libertad, los derechos civiles y las reglas del juego económico en nuestra sociedad. La persistencia de hechos anómalos en torno al ámbito judicial, que tienen ya más de una década, es lo que ha provocado la grave crisis de credibilidad y confianza que exhibe el Poder Judicial, en especial la Corte Suprema y su rol supervisor de los tribunales y servicios administrativos complementarios de la judicatura. Eso es particularmente notorio respecto de su brazo administrativo, la Corporación Administrativa, CAPJ, sobre la cual se ciernen desde hace años serios cuestionamientos de transparencia y probidad. Pese a su dependencia directa de la Corte Suprema, esta nunca ha aceptado auditar de manera minuciosa y transparente lo que hace la CAPJ como subordinada. Por cierto, el problema en el país va más allá de lo simplemente judicial y alcanza hoy de manera notoria también a los órganos especializados del Estado encargados de generar “fe pública”, en su mayoría autónomos pero relacionados con el Estado a través del Ejecutivo en el ejercicio de sus competencias. Entre ellos las superintendencias, el SII, la Tesorería General de la República, la Contraloría General de la República y otros. Todos necesarios para dar certidumbre a los magistrados y al funcionamiento de las salas judiciales cuando esa fe pública es requerida como suposición de legalidad en un juicio. Los planteamientos del Inserto sobre el caso Curauma, conllevan el aspecto más amplio de seguridad nacional que es de extrema gravedad: la eventual manipulación de los sistemas informáticos mayores del Estado, entre ellos también el del Poder Judicial el cual maneja todos los archivos judiciales con información crítica sobre los ciudadanos. Manipulados ellos pueden caer en manos del crimen organizado o simples mafias corruptivas de la actuación del Estado. Chile ha hecho un esfuerzo enorme para desarrollar un sistema normativo de ciberseguridad en los últimos 20 años. Pero muchos de sus órganos no se han alineado con los valores y principios que esa normativa prescribe. Tal es el caso extremo del Poder Judicial y su Corporación Administrativa. La Ley de Ciberseguridad vigente en el país sostiene en su primer artículo que “tiene por objeto establecer la institucionalidad, los principios y la normativa general que permitan estructurar, regular y coordinar las acciones de ciberseguridad de los organismos del Estado y entre éstos y los particulares”. Y si bien el artículo 53 de ella acepta regímenes especiales para instituciones como el Congreso Nacional, la Contraloría, el Banco Central y el mismo Poder Judicial, entre otros, indica que todos quedan obligados a “adoptar las medidas de seguridad de sus redes y sistemas informáticos” y a reportar incidentes de ciberseguridad, a coordinarse y a cooperar para las respuestas frente a ellos. Chile es signatario del Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa (Convenio de Budapest) y miembro de pleno derecho desde 2016, que es el acuerdo internacional de uso más extendido para desarrollar la legislación de combate al cibercrimen, algo que está hoy en primera línea de la preocupación de seguridad de nuestro país. Sin embargo, la legislación chilena está fragmentada en diferentes organismos en materia de responsabilidad y uno de sus puntos críticos es la carencia de seguridad informática en el sistema judicial. El caso de Curauma, y otros que se mencionan en el Inserto, y la vaguedad y falta de transparencia que contiene el tema debido a la postura prescindente de la Corte Suprema, obligarían al Congreso Nacional a tomar medidas legislativas en esa materia, sin perjuicio de la investigación de los hechos denunciados por parte de las autoridades pertinentes. El crimen organizado no es asalto callejero o simples bandas de narcotraficantes. Es una industria sofisticada del crimen, que debilita o perfora las instituciones financieras y económicas de un país de manera subrepticia y que tiene un alto poder económico. Lo que empieza como un golpe de usura o una posición abusiva en un mercado puede terminar en un control mafioso de la institucionalidad de un país. Perfilar ese riesgo no puede pasar desapercibido para la prensa responsable. El Desenfoque - www.desenfoque.cl Columna en: https://desenfoque.cl/2024/12/16/la-manipulacion-de-los-tribunales-en-chile/

  • Australis & Curauma: el colapso de los guardianes de la fe pública

    El Caso Australis y el Caso Curauma exponen con claridad alarmante el fracaso sistémico de las instituciones chilenas encargadas de fiscalizar y proteger la fe pública. Entre ellas, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y la Tesorería General de la República sobresalen por su incapacidad para prevenir irregularidades evidentes, mostrando una negligencia institucional que raya en la complicidad. Estas instituciones no fueron, o deliberadamente no quisieron, detener a tiempo operaciones fraudulentas que, con un mínimo de fiscalización efectiva, podrían haberse evitado, demostrando una indiferencia inaceptable hacia su mandato de proteger el interés público.   En el caso Australis, la venta de la salmonera al grupo chino Joyvio en 2022 por más de 900 millones de dólares constituye un ejemplo paradigmático de la incapacidad de las instituciones chilenas para fiscalizar y garantizar la transparencia en operaciones de gran envergadura. La transacción, hoy bajo investigación, involucra denuncias por presunta estafa, entrega de información falsa y manipulación de cifras productivas destinadas a inflar artificialmente el valor de la empresa.   La Comisión para el Mercado Financiero (CMF), encargada de velar por la transparencia y la legalidad en el mercado financiero, tenía la responsabilidad de revisar los informes financieros presentados y garantizar que fueran veraces y completos. Sin embargo, su desempeño fue desastroso. No detectó las graves irregularidades en los datos entregados por Australis, que incluían una sobreproducción no declarada en sus centros de cultivo. Estas prácticas no solo alteraron los reportes financieros, sino que también evidenciaron un patrón de omisión por parte de las entidades encargadas de la fiscalización.   A esto se suma el rol de Sernapesca, organismo responsable de supervisar la producción acuícola. Durante años, Australis operó con una sobreproducción masiva, excediendo los límites legales y deteriorando los ecosistemas marinos. A pesar de contar con herramientas como reportes periódicos obligatorios y la capacidad de realizar inspecciones en terreno, Sernapesca falló rotundamente en detectar o sancionar estas violaciones, permitiendo que la empresa continuara operando fuera de la ley.   La cadena de negligencias no termina allí. El Servicio de Impuestos Internos (SII) tampoco actuó frente a las claras señales de evasión tributaria asociadas a la sobreproducción y a la manipulación de las cifras financieras. Asimismo, la Tesorería General de la República no intervino para prevenir que los recursos públicos se vieran comprometidos por las irregularidades financieras de la operación.   La venta a Joyvio no solo implica un fraude potencial hacia el comprador, sino que también representa un daño estructural a la confianza en las instituciones chilenas. Esta operación desnuda un sistema fiscalizador frágil, en el que la falta de coordinación y la inacción de organismos como la CMF, Sernapesca, el SII y la Tesorería crean un ambiente propicio para que empresas de gran escala operen con impunidad.     El caso Curauma, ocurrido en 2013, es un ejemplo devastador de negligencia institucional. La solicitud ilegal y forzada de quiebra de Curauma S.A., una empresa con activos tasados en más de 500 millones de dólares, estuvo marcada por irregularidades flagrantes. La deuda invocada, de apenas 80 millones de pesos chilenos, carecía de respaldo tributario o documentación válida. Para agravar la situación, la causa fue presentada en un tribunal sin jurisdicción, en una maniobra que burló las normas procesales más elementales, mientras que su asignación a dicho tribunal fue manipulada de forma deliberada.   A pesar de que estas anomalías fueron reiteradamente advertidas mediante oficios y denuncias, la entonces Superintendencia de Valores y Seguros (SVS, hoy CMF) optó por la inacción, permitiendo que el procedimiento avanzara sin cuestionamientos. Esta omisión no solo facilitó un proceso profundamente viciado, sino que también evidenció una falta absoluta de compromiso con su deber de garantizar la transparencia y proteger los derechos de los afectados.   El resultado de esta negligencia institucional fue la apropiación indebida e ilegal de activos estratégicos por parte de Euroamerica Seguros de Vida, mediante maniobras que no solo fueron abiertamente fraudulentas, sino que violaron principios básicos de transparencia y legalidad. Más de 1,600 accionistas minoritarios fueron despojados de sus derechos y patrimonio, mientras que la Tesorería General de la República permitió que grandes montos de recursos públicos quedaran sin recaudarse, alimentando un esquema que favoreció a intereses privados a expensas del Estado.   El patrón es claro y alarmante: estas instituciones no solo fallan en proteger la transparencia y la legalidad, sino que actúan como facilitadoras de abusos.   La CMF se limita a cumplir trámites administrativos, mientras la Tesorería y el SII aplican un rigor asimétrico que castiga con dureza a pequeños contribuyentes, pero otorga indulgencia a los grandes conglomerados económicos.     Estas fallas no son errores aislados ni problemas técnicos; son manifestaciones de un sistema capturado por intereses privados. Mientras las sanciones sigan siendo simbólicas y los mecanismos de fiscalización permanezcan fragmentados e ineficaces, los fraudes y las irregularidades continuarán, perpetuando una cultura de impunidad.     El daño causado es incalculable. No solo erosiona la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas, sino que también afecta gravemente la reputación de Chile como un país confiable para las inversiones. Más grave aún, envía un mensaje inequívoco: en Chile, los grandes actores económicos pueden operar por encima de la ley, con la certeza de que los entes fiscalizadores no actuarán, y si lo hacen, las consecuencias serán irrelevantes frente a las ganancias ilícitas.     El fracaso de la CMF, Tesorería, SII y Sernapesca en estos casos no puede ser tolerado. Estas instituciones, creadas para garantizar la legalidad y proteger el interés público, han demostrado ser incapaces de cumplir su rol. Es hora de exigir reformas profundas que restauren su independencia, capacidad y compromiso con la ciudadanía. De lo contrario, su existencia no solo será irrelevante, sino dañina para el país que deberían servir.     Anexos:  Sernapesca (Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura) es un organismo público chileno dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Su principal función es fiscalizar y supervisar las actividades de pesca y acuicultura en el país, velando por el cumplimiento de normativas ambientales, productivas y de sostenibilidad. Su labor incluye monitorear la producción, garantizar el uso adecuado de recursos marinos y proteger los ecosistemas, contribuyendo al desarrollo sustentable del sector. La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) es un organismo autónomo chileno, dependiente del Ministerio de Hacienda, que regula y supervisa el mercado financiero, incluyendo bancos, aseguradoras y valores. Su objetivo es garantizar la transparencia, estabilidad y desarrollo del sistema financiero, proteger a los inversionistas, fomentar la confianza en los mercados y promover un entorno competitivo y sostenible que contribuya al crecimiento económico y la integridad institucional. La Tesorería General de la República (TGR) es un organismo público chileno dependiente del Ministerio de Hacienda. Su principal función es la recaudación, administración y distribución de los recursos fiscales, asegurando el cumplimiento de las obligaciones tributarias y el manejo eficiente del erario nacional. Además, es responsable de gestionar pagos del Estado y monitorear la correcta aplicación de los ingresos públicos, contribuyendo al financiamiento de las políticas y programas que sustentan el desarrollo económico y social del país. #casocurauma

  • La corrupción del síndico

    El proceso de quiebra de Curauma S.A., controlada por Manuel Cruzat Infante, ha revelado un caso alarmante de corrupción e irregularidades protagonizado por el abogado César Millán Nicolet, renunciado síndico de quiebras. Millán, lejos de actuar con la imparcialidad y rectitud que su cargo exige, está vinculado a la empresa Euroamérica Seguros de Vida S.A. y a sus dueños Nicholas Davis Lecaros y Henry Comber Sigall (este último acusado y multado por colusión del casino Enjoy), la cual resultó ser la gran beneficiaria en la liquidación de los activos de Curauma.   Un hecho clave que confirma esta colusión es el viaje que Millán realizó a Punta del Este en 2013, en un avión privado de Euroamérica, acompañado por su controlador, Nicholas Davis Lecaros, justo antes de que asumiera la quiebra. Posteriormente, Millán transfirió los terrenos más valiosos de Curauma S.A. a dicha compañía, con la que la empresa en quiebra mantenía un litigio, lo que deja en evidencia un claro conflicto de interés. Pero este escándalo no se limita a un solo acto. La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR) ya había sancionado a Millán mediante la Resolución Exenta N.º 3830, de fecha 13 de julio de 2022, por irregularidades en la gestión de Parques y Jardines La Luz S.A., filial de Curauma S.A. La multa impuesta ascendió a 2.500 UF, aproximadamente $90 millones de pesos chilenos. Millán, lejos de reconocer su responsabilidad, apeló ante el tribunal, pero el 16 de abril de 2024, la Corte rechazó su reclamo y ratificó la sanción, condenándolo además en costas del proceso. Estos hechos no son aislados, sino parte de un patrón de conductas irregulares que demuestran cómo Millán utilizó su cargo para beneficiar a actores privados, incluso antes de la primera Junta de Acreedores, perjudicando a los legítimos interesados en el proceso. Lo más grave de este caso es la flagrante violación de los principios de transparencia que debería regir todo proceso judicial. Millán, a lo largo de su gestión, ha ocultado información crucial a los acreedores y accionistas de Curauma, bloqueando la participación de quienes tienen legítimo interés en el proceso. Este encubrimiento no solo es una falta ética, sino que representa un ataque directo al debido proceso, dejando en claro que el síndico ha utilizado su posición para manipular los resultados en favor de sus asociados. El caso de César Millán Nicolet no es más que otro síntoma de un sistema judicial vulnerable a la corrupción, donde la connivencia entre empresarios y operadores judiciales permite que la ley sea manipulada en beneficio de unos pocos.   La corrupción, encarnada en figuras como Millán, continúa erosionando la confianza pública en las instituciones, poniendo en tela de juicio la integridad de todo el sistema.

  • ¿Error o manipulación en la distribución judicial?

    El 19 de diciembre de 2013, el Segundo Juzgado Civil de Santiago declaró la quiebra de Curauma S.A., un hecho que cuestionó la transparencia del sistema de asignación de causas judiciales en Chile. El sistema de distribución de causas de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ) establece tres criterios fundamentales para la asignación de casos:  1. Criterio 1 . Tribunales habilitados: Solo se consideran los tribunales asociados a la localidad y materia correspondiente. En este caso, 19 tribunales cumplían con los requisitos específicos para conocer la quiebra de Curauma S.A. 2. Criterio 2 . Carga de trabajo por materia: La causa debe ser asignada al tribunal con la menor cantidad de ingresos en la materia específica ("Declaración de quiebra"). Si varios tribunales tienen igual carga de trabajo, se pasa al siguiente criterio.  3. Criterio 3 . Carga total de ingresos (desempate): Si hay empate en la carga por materia, la causa debe ser asignada al tribunal con la menor carga total de causas acumuladas. El proceso de distribución del caso expuso serias irregularidades en el mecanismo implementado por la CAPJ.  A continuación, se detallan los puntos clave que evidencian las inconsistencias en esta controvertida asignación: 1. Asignación aleatoria entre tribunales y probabilidades: En el momento de la asignación, 19 tribunales civiles tenían la misma carga de trabajo en la materia específica, con 5 causas ingresadas cada uno. Esto significaba que, en teoría, el sistema debía distribuir el caso de forma aleatoria entre estos 19 tribunales, restringiendo la asignación inicial de un total de 30 tribunales civiles. La probabilidad de que la causa fuera asignada a cualquiera de los 19 tribunales era:  P = frac{1}{19} ≈ 5.26%  Este cálculo refleja una probabilidad aceptable bajo un sistema que respete las reglas establecidas. 2. Irregularidad en la aplicación del Criterio 3: Aunque el sistema inicialmente cumplió con la distribución aleatoria por materia, surgieron problemas en el desempate, regulado por el Criterio 3 de la CAPJ. Según este criterio: Cuando varios tribunales tienen la misma carga en la materia específica (empate), la causa debe ser asignada al tribunal con la menor cantidad de ingresos totales. El Sexto Juzgado Civil tenía el menor total de ingresos acumulados (14.027 causas). Sin embargo, el caso fue asignado al Segundo Juzgado Civil de Santiago, lo que contradice el criterio y demuestra una manipulación en el proceso. 3. Falta de transparencia: La omisión del Criterio 3 pone en tela de juicio la transparencia del proceso de asignación. Aunque inicialmente la distribución aleatoria parecía correcta, la asignación final al Segundo Juzgado Civil no respetó los parámetros establecidos por la CAPJ. Según los criterios oficiales, la causa debió haber recaído en el Sexto Juzgado Civil. Este incumplimiento es una infracción clara del procedimiento y afecta la credibilidad del sistema.  La asignación del caso de quiebra de Curauma S.A. al Segundo Juzgado Civil no se ajustó a los criterios establecidos mediante oficio por la mismísima CAPJ.  Aunque la probabilidad inicial de 5.26 % podría parecer razonable en un proceso aleatorio, la omisión del Criterio 3 introduce una irregularidad grave que mina la confianza en la imparcialidad del sistema judicial . Este caso subraya la necesidad de una investigación exhaustiva para aclarar las circunstancias de esta asignación y asegurar la integridad y credibilidad del sistema judicial chileno. #CasoCurauma

  • Usurpación y despojo

    El Caso Curauma revela cómo los fraudes financieros más sofisticados se ocultan bajo una fachada de legalidad. Esta operación no solo abusó del sistema financiero, sino que también corrompió el Poder Judicial chileno, donde la manipulación del algoritmo de designación de causas jugó un rol crucial. No era el crédito de 715.000 UF ni su alta tasa de interés de UF + 7,36% anual por ocho años lo que motivaba a los dueños de Euroamerica Seguros de Vida S.A., sino la garantía: los terrenos del fundo Las Cenizas, colindantes a la emergente ciudad de Curauma. El terreno, 2.500 hectáreas planas en alto Valparaíso, tasado en 19,5 millones de UF en 2011, estaba previsto para un cambio de uso de suelo en 2013, lo que aumentaría su valor de manera exponencial. Desde el inicio, dos abogados de Claro y Cía., contratados por los dueños de Euroamerica Seguros de Vida S.A., orquestaron el esquema con el apoyo del síndico César Millán Nicolet, el ex superintendente de pensiones Julio Bustamante Jeraldo y otros actores clave, para simular una operación aparentemente legítima.   Lo que distingue al Caso Curauma es la magnitud de la corrupción y colusión entre las instituciones financieras y el Poder Judicial, en particular su Corporación Administrativa (CAPJ). Los responsables aprovecharon la vulnerabilidad de Curauma S.A., una empresa con grandes terrenos pero sin acceso a capital, para manipular el sistema judicial y las instituciones encargadas de la supervisión económica, despojándola de su principal activo. El fraude fue ocultado tras una maraña de complejos artificios y estrategias engañosas.   La clave estuvo en la manipulación del algoritmo de designación de causas, logrando que el caso fuera deliberadamente asignado al 2do Juzgado Civil de Santiago, bajo la jueza Inelie Durán Madina, en lugar del tribunal que correspondía, asegurando así una resolución favorable para los responsables: la quiebra de Curauma S.A.   Este fraude no solo perjudica la economía y el desarrollo social de la zona en disputa, sino que expone una red de corrupción que erosiona la confianza en las instituciones y evidencia la vulnerabilidad a la que está expuesto cualquier ciudadano en Chile.

  • 3 actos

    ACTO 1 En 2004, EuroAmerica Seguros de Vida S.A. otorga un crédito de UF 715.000 a Curauma S.A., respaldado por terrenos en alto Valparaíso. Estos terrenos incrementan exponencialmente su valor tras un cambio de uso de suelo aprobado por Premval. ACTO 2 En 2013, después de que Curauma S.A. cancela la deuda e intereses por un total de UF 1.040.775, EuroAmerica Seguros de Vida S.A. transfiere los terrenos a una filial y contrata abogados destacados para orquestar la solicitud de quiebra de Curauma S.A. e interferir en el algoritmo de distribución de causas operado por la CAPJ. ACTO 3 Sin lógica aritmética ni coherencia algorítmica alguna, EuroAmerica Seguros de Vida S.A. "consigue" trasladar la causa de Valparaíso a Santiago, a pesar de que el domicilio legal de Curauma S.A. estaba en Valparaíso, y "alojarla" en el 2º Juzgado Civil de Santiago. Aunque los terrenos, ahora urbanizables y valorados en UF 16,9 millones, mantienen su alto valor, la jueza decreta la quiebra de Curauma S.A.

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